Comunicado Importante
Estimados clientes:
Queremos informarles que, debido al paro de transportistas, el día de hoy, miércoles 14 de enero, nuestro horario de atención será hasta las 5:00 p. m.
Agradecemos sinceramente su comprensión frente a esta situación y les pedimos disculpas por cualquier inconveniente que pudiera ocasionarse. Nuestro equipo continúa atento para brindarles el mejor soporte posible dentro del horario indicado.
Atentamente,
UNION PAK del Perú S.A.
Modificaciones al Reglamento de la Ley General de Aduanas y al Procedimiento de Rectificación Electrónica de la Declaración
Estimados Clientes:
Les informamos que, conforme a las recientes disposiciones emitidas por SUNAT, se han aprobado modificaciones al Reglamento de la Ley General de Aduanas (RDLGA) y al procedimiento de rectificación electrónica de la declaración, las cuales entrarán en vigencia a fines de mayo de 2025.
Adjuntamos ambos dispositivos legales para su lectura y análisis. A continuación, detallamos los principales cambios que impactan directamente nuestras operaciones:
1. Rectificación de Factura: Número, Fecha y Valores
Según el Decreto Supremo N.° 198-2024-EF, se modifica el artículo 195 del RDLGA. A partir de su entrada en vigencia, se consideran infracciones sancionables en los despachos anticipados los siguientes casos:
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Declarar incorrectamente el número o la fecha de la factura será considerado infracción.
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Multa aplicable: 0.25 de la UIT, equivalente a S/ 1,337.50 (tomando como referencia la UIT 2025 de S/ 5,350).
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Si la rectificación genera tributos o recargos dejados de pagar, se impondrá una multa equivalente al monto de los tributos o recargos omitidos.
2. Rectificación del Número de RUC
Mediante la Resolución de Superintendencia N.° 276-2024/SUNAT, se establece en el literal VI numeral 2 inciso d que:
“No son datos rectificables el número de RUC del dueño o consignatario de la declaración.”
Esto implica que, a partir de la vigencia de esta disposición, el número de RUC consignado en la declaración dejará de ser un dato rectificable.
Recomendación Final
Exhortamos a todos nuestros clientes importadores a revisar minuciosamente los documentos e información que nos proporcionan, en especial los datos de la factura comercial y del consignatario. Asimismo, es fundamental que coordinen con sus proveedores en origen para asegurar que toda la documentación e información consignada sea correcta y coincida con lo declarado.
Una verificación oportuna contribuirá a evitar observaciones, sanciones y costos adicionales en sus operaciones de despacho anticipado.
Mayo 2025
